El TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN A USTEA Y DECLARA LA NULIDAD del Acuerdo de 8 de abril de 2014 del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo suscrito por
El TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN A USTEA Y DECLARA LA NULIDAD del Acuerdo de 8 de abril de 2014 del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo suscrito por CSIF, UGT y CCOO en la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía el 3 de marzo de 2014, sobre derechos de participación y representación en materia de prevención de riesgos laborales en la Administración de la Junta de Andalucía.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPREMO, desestima los recursos interpuestos por la J.A., CCOO y Csif, confirmando el fallo de la sentencia de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior Junta de Andalucía, de 24 de junio de 2020.
Considera el Alto Tribunal que la prevención de riesgos laborales, en principio, no es materia exclusiva de la mesa general de negociación del artículo 36.3 del EBEP, acogiendo bastantes de los argumentos presentados por el letrado de USTEA en el escrito de oposición.



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