CARRERA HORIZONTAL PERSONAL FUNCIONARIO. APERTURA DE PLAZO SOLICITUD DE ENCUADRAMIENTO INICIAL.

25 de mayo de 2026
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25 de mayo de 2026

Resolución de 20 de mayo de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se dispone la apertura de plazo para solicitar el encuadramiento inicial en la carrera horizontal del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Encuadramiento inicial en la carrera profesional horizontal

Información general

El 19 de mayo de 2026 entró en vigor el Decreto 91/2026, de 12 de mayo, por el que se regula la evaluación del desempeño y la carrera horizontal en la Administración General de la Junta de Andalucía.

La disposición transitoria primera del citado decreto establece un procedimiento extraordinario, voluntario y por una sola vez, para el encuadramiento inicial del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía en los tramos I, II, III o IV de la carrera horizontal.

Podrá participar en este procedimiento el personal funcionario que se encuentre en situación de servicio activo el día 25 de mayo de 2026.

Asimismo, el personal que no se encuentre en servicio activo en dicha fecha podrá solicitar su encuadramiento inicial una vez se produzca su reingreso al servicio activo, de conformidad con lo previsto en el citado decreto y en el resto del ordenamiento jurídico de aplicación.

¿Qué es el encuadramiento inicial?

El encuadramiento inicial es el procedimiento mediante el cual se asigna, por una única vez, el tramo de carrera horizontal que corresponda a cada persona funcionaria, tomando como referencia los servicios prestados como personal funcionario en puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Para realizar este encuadramiento únicamente se tendrán en cuenta los datos relativos a servicios prestados que consten inscritos en el Registro General de Personal a fecha 31 de diciembre de 2025.

Importante: solo puede solicitarse una vez

El procedimiento de encuadramiento inicial tiene carácter extraordinario y se realiza por una sola vez.

Por ello, el personal funcionario que se encuentre en situación de servicio activo el 25 de mayo de 2026 y no presente solicitud dentro del plazo establecido no podrá solicitar posteriormente su encuadramiento inicial.

Asimismo, no será posible esperar a cumplir un mayor período de servicios con posterioridad al 31 de diciembre de 2025 para encuadrarte en un tramo, ya que el encuadramiento inicial se efectúa tomando como fecha única de referencia el 31 de diciembre de 2025.

La participación es voluntaria

La carrera horizontal tiene carácter voluntario.

En consecuencia, la participación en el procedimiento de encuadramiento inicial también es voluntaria.

¿A quién va dirigido?

Este procedimiento está dirigido al personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía que se encuentre en situación de servicio activo el 25 de mayo de 2026.

La Resolución de 20 de mayo de 2026 por la que se dispone la apertura de plazo para solicitar el encuadramiento inicial en la carrera horizontal del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía, publicada el 25 de mayo de 2026 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, abre el plazo para que el personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía pueda solicitar su encuadramiento inicial, en los términos previstos en la disposición transitoria primera del Decreto 91/2026, de 12 de mayo.

¿Qué datos se tendrán en cuenta?

Para la realización del encuadramiento inicial se tendrán en cuenta exclusivamente los datos inscritos en el Registro General de Personal de la Administración de la Junta de Andalucía.

En particular, únicamente se computarán los servicios prestados como personal funcionario en puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía que consten acreditados a 31 de diciembre de 2025, y conforme al grupo o subgrupo de adscripción del personal funcionario en dicha fecha.

En los casos en que la persona haya cambiado de grupo o subgrupo durante el período utilizado para el cómputo para el acceso al tramo que corresponda, se aplicará el coeficiente corrector previsto en el anexo II del Decreto 91/2026, de 12 de mayo.

El procedimiento de encuadramiento inicial consiste en una actuación de comprobación técnica de los datos registrales obrantes en el Registro General de Personal.

¿Qué puedo hacer al presentar la solicitud?

A través del formulario electrónico de solicitud podrán realizarse las siguientes actuaciones:

Firmar y presentar la solicitud

Si la persona interesada está conforme con los datos que figuran inscritos en el Registro General de Personal, podrá firmar y presentar la solicitud sin necesidad de aportar documentación adicional.

Comunicar errores u omisiones

Si la persona interesada considera que existen errores, inexactitudes u omisiones en los datos relativos a los servicios prestados, podrá hacerlo constar en el propio formulario de solicitud.

En ese caso, deberá describir la incidencia detectada y aportar la documentación justificativa necesaria para acreditar la corrección solicitada.

Esta revisión se referirá exclusivamente a los servicios prestados en puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Plazo y forma de presentación

La solicitud deberá presentarse dentro del plazo establecido en la resolución de apertura del procedimiento, comprendido entre el 26 de mayo y el 9 de junio de 2026, ambos inclusive.

La presentación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de la Sede Electrónica del Empleo Público de la Junta de Andalucía.

Accede al formulario electrónico para solicitar el encuadramiento inicial en la carrera horizontal:

Solicitar encuadramiento inicial (asegúrate de estar identificado en tu zona personal antes)

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio solicitar el encuadramiento inicial?

No. La carrera horizontal tiene carácter voluntario y, en consecuencia, la solicitud de encuadramiento inicial también es voluntaria.

¿Por qué se indica que es un procedimiento “por una sola vez”?

Porque se trata de un procedimiento extraordinario y único dirigido al personal que se encuentre en situación de servicio activo el 25 de mayo de 2026. No volverá a convocarse un nuevo procedimiento de encuadramiento inicial.

¿Puedo esperar a tener más tiempo de servicio para solicitar posteriormente un tramo superior?

No. El encuadramiento inicial se calcula exclusivamente con los datos acreditados a 31 de diciembre de 2025.

Por tanto, no es posible dejar transcurrir el plazo de solicitud para intentar acceder posteriormente a este mismo procedimiento con un mayor tiempo de servicios prestados en la Administración General de la Junta de Andalucía.

¿Qué ocurre si estoy en servicio activo y no presento la solicitud?

En ese caso, no podrás participar en este procedimiento extraordinario de encuadramiento inicial y deberás esperar a la primera convocatoria ordinaria de carrera horizontal para poder solicitar el acceso al tramo I.

¿Qué datos se utilizan para calcular el tramo de carrera horizontal?

Se tendrán en cuenta exclusivamente los datos inscritos en el Registro General de Personal relativos a servicios prestados como personal funcionario en puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, referidos a 31 de diciembre de 2025.

¿Debo aportar documentación?

Únicamente en caso de detectar errores, inexactitudes u omisiones en los datos registrales.

En ese supuesto, deberá indicarse la discrepancia observada y aportarse la documentación acreditativa correspondiente.

¿Dónde se presenta la solicitud?

La solicitud se presentará exclusivamente por medios electrónicos, a través de la Sede Electrónica del Empleo Público de la Junta de Andalucía.

Después de esperar la cola virtual me da un error 403 – Prohibido, ¿qué hago?

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